El 28 de octubre de 2014 la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales – SEMARNAT introdujo un registro de emisiones obligatorio para diversos sectores y emisiones de gases efecto invernadero. Con este Registro Nacional de Emisiones México ha dado un paso muy importante para la implementación de su Ley General de Cambio Climático que se publicó en el 2012.
Diversos sectores como el energético, transporte, industria, agrícola, residuos y servicios así como 150 sub-sectores están ahora obligados a reportar sus emisiones. Estas empresas deben contabilizar las emisiones directas e indirectas de bióxido de carbono, metano, óxido nitroso, carbono negro u hollín, clorofluorocarbonos, hidroclorofluorocarbonos, hidrofluorocarbonos, perfluorocarbonos, hexafluoruro de azufre, trifluoruro de nitrógeno, éteres halogenados, halocarbonos, mezclas de los anteriores, y los Gases y Compuestos de Efecto Invernadero que el Panel Intergubernamental determine y que la Secretaría dé a conocer.
A partir de 25.000 tCO2, estas empresas deberán de reportar sus emisiones al registro para poder obtener su permiso de operación. Este reglamento hace posible una introducción futura de reporte de emisiones de un umbral más bajo a nivel sub-nacional.
Las emisiones generadas el año pasado deben ser reportadas hasta el 30 de junio de este año. Cada tres años se verificará a través de verificadores independientes a las empresas sujetas a reporte.