El proyecto “Preparación de un SCE en México” (SiCEM) publica un nuevo estudio específico para México sobre los efectos recíprocos y las interacciones entre el Sistema de Comercio de Emisiones (SCE) mexicano y los Certificados de Energía Limpia (CEL), como parte de un esfuerzo para proveer de recomendaciones técnicas sólidas que apoyen el establecimiento de un SCE costo-efectivo en México.

Tomando en cuenta el próximo inicio de la fase piloto del SCE mexicano, programado para inicios del 2020, el proyecto de la GIZ “Preparación de un SCE en México” (SiCEM) explora el rol y las interacciones del SCE dentro del conjunto de políticas climáticas en México.

La reforma de 2018 a la Ley General de Cambio Climático (LGCC) mandató el establecimiento de un Sistema de Comercio de Emisiones, para fomentar la mitigación del cambio climático al menor costo posible. Este cambio incluyó un requerimiento específico de que el diseño del SCE reconociera las reducciones de emisiones obtenidas a través de los Certificados de Energía Limpia (CEL). Considerando que una definición demasiado amplia de este requerimiento pudiera conllevar riesgos de doble conteo de las reducciones de emisiones producto de la obligación con el SCE o los CEL, se elaboró un estudio basado en experiencias internacionales en la gestión de interacciones entre este tipo de instrumentos.  Además, se sugirió una hoja de ruta a seguir para la operación efectiva y simultánea de ambos instrumentos en México.

Aunque el SCE y los CEL obedecen a propósitos distintos, son complementarios pues cada uno provee de incentivos que fomentan el cumplimiento con el otro instrumento. Por ejemplo, los CEL promueven una generación eléctrica más limpia, lo cual resulta en menores emisiones de CO2 del sector eléctrico. Por otro lado, el precio al carbono producto del SCE incentiva la generación eléctrica baja en carbono. Independientemente de esta complementariedad, existe riesgo de incurrir en doble conteo si los CEL se utilizan para cumplir con el SCE, o si las reducciones de emisiones del sector eléctrico se aceptan como créditos de compensación en el SCE, puesto que la reducción de emisiones dentro del sector eléctrico producto de la sustitución de generación intensiva en emisiones por generación limpia es capturada automáticamente en el reporte de emisiones al SCE de la misma instalación. Es crucial para la integridad ambiental y la efectividad del SCE evitar este doble conteo.

 

GIZ SiCEM. Interacciones entre el SCE y los CEL con y sin doble conteo (double counting).

Entonces, ¿cómo puede el diseño del SCE reconocer la reducción de emisiones de los CEL, sin incurrir en doble conteo? La recomendación principal es incorporar la información sobre la reducción de emisiones del sector eléctrico en el diseño del límite o tope de emisiones. Si, como consecuencia del cumplimiento con los CEL, la generación eléctrica limpia aumenta de manera que la generación intensiva en emisiones se vea desplazada, el tope podría ser ajustado a la baja para evitar una sobreoferta de Derechos de Emisión (DEMs) y que el precio al carbono se desplome. Por otro lado, si una modelación detallada del sector eléctrico mostrara que los CEL no incentivarán generación limpia suficiente para cumplir con las metas climáticas, sería posible esperar una oferta insuficiente de DEMs en el mercado, y éstos a un precio muy alto – anticipando esta situación, el regulador podría ajustar el diseño del SCE.

Las recomendaciones presentadas en el estudio son consistentes con las experiencias de dos jurisdicciones norteamericanas: el sistema de Cap and Trade de California y la Regional Greenhouse Gas Initiative (RGGI). La fase piloto del SCE ofrece una oportunidad para probar el diseño del SCE mexicano en este sentido. En los próximos meses se publicarán en el blog de “IKI-Alliance México” estudios adicionales cubriendo una variedad de cuestiones técnicas.

Para mayor información sobre este tema, favor de contactarnos en: Comercio.Emisiones-MX[AT]giz.de

 

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